Ley 19.550

Artículo 131Modificación del contrato

Texto oficial

Toda modificación del , incluso la transferencia de la parte a otro socio, requiere el consentimiento de todos los socios, salvo pacto en contrario. Resoluciones. Las demás resoluciones sociales se adoptarán por mayoría. Mayoría: concepto.

Qué significa en la práctica

Toda modificación del requiere el consentimiento de todos los socios, salvo pacto.
← Ver en Ley General de Sociedades completaLeyes