Ley 19.550

Artículo 333Garantía especial

Texto oficial

La emisión de debentures con garantía especial afecta a su pago bienes determinados de la sociedad susceptibles de . La garantía especial debe especificarse en el acta de emisión con todos los requisitos exigidos para la constitución de y se tomará razón de ella en el registro correspondiente. Les serán aplicables todas las disposiciones que se refieren a la , con la excepción de que esta garantía puede constituirse por el término de Cuarenta (40) años. La inscripción que se haga en el registro pertinente surte sus efectos por igual término. Debentures convertibles.

Qué significa en la práctica

La garantía especial afecta bienes determinados susceptibles de .
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