Ley 19.550

Artículo 351Liquidación de la sociedad

Texto oficial

Si la sociedad que hubiere emitido debentures con garantía flotante o común fuere declarada en quiebra, el fiduciario será liquidador coadyuvante necesario de la misma. Caducidad de plazo por disolución de la deudora.

Qué significa en la práctica

Regula la liquidación de la sociedad que emitió debentures con garantía flotante.
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