Ley 19.550

Artículo 352Disolución de la sociedad

Texto oficial

En todos los casos en que ocurra la disolución de la sociedad deudora, antes de vencidos los plazos convenidos para el pago de los debentures, éstos serán exigibles desde el día que se hubiere resuelto la disolución y tendrán derecho a su reembolso inmediato y al pago de los intereses vencidos. Remoción de fiduciario.

Qué significa en la práctica

Regula la disolución de la sociedad emisora de debentures.
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