Ley 19.550

Artículo 355Resoluciones de la asamblea

Texto oficial

Las resoluciones de la asamblea de debenturistas son obligatorias para los ausentes o disidentes. Impugnación. Cualquier debenturista o fiduciario puede impugnar los acuerdos que no se tomen de acuerdo a la ley o el , aplicándose lo dispuesto en los artículos 251 a 254. . Conocerá en la impugnación el Juez competente del domicilio de la sociedad. Reducción del capital.

Qué significa en la práctica

Las resoluciones de la asamblea de debenturistas son obligatorias para todos.
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