Se presume que los bienes se aportaron en propiedad si no consta expresamente su aporte de uso o goce. El aporte de uso o goce solo se autoriza en las sociedades de interés. En las sociedades de responsabilidad limitada y en las sociedades por acciones sólo son admisibles como prestaciones accesorias. Evicción. Consecuencias.
Qué significa en la práctica
Se presume que los bienes se aportaron en propiedad si no consta otra cosa.