La evicción autoriza la exclusión del socio, sin perjuicio de su responsabilidad por los daños ocasionados. Si no es excluido, deberá el valor del bien y la de los daños ocasionados. Evicción: reemplazo del bien aportado.
Qué significa en la práctica
La evicción autoriza la exclusión del socio, sin perjuicio de su responsabilidad por los daños.