Artículo 9Compatibilidad con beneficios más amplios
Texto oficial
Las disposiciones de la presente ley no obstan a la aplicación adicional de beneficios o franquicias más amplios otorgados o que se otorgaren por ley en forma especial para una o más zonas específicamente determinadas del área franca, ni tampoco a la de beneficios o franquicias otorgados u otorgables para la importación al resto del territorio nacional.
Qué significa en la práctica
El régimen de esta ley se suma a (no reemplaza) otros beneficios más amplios que otras leyes otorguen a zonas determinadas.