Ley 19.945

Artículo 129Negativa o demora en la acción de amparo

Texto oficial

Negativa o demora en la acción de . Se impondrá prisión de tres meses a dos años al funcionario que no diere trámite a la acción de prevista en los artículos 10 y 11, o no la resolviera dentro de las cuarenta y ocho horas de interpuesta de igual pena al que desobedeciere las ordenes impartidas al respecto por dicho funcionario.

Qué significa en la práctica

Sanciona con prisión de tres meses a dos años al funcionario que no dé trámite o no resuelva en 48 horas la acción de del elector Arts. 10, 11, y a quien desobedezca sus órdenes.

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