Ley 19.945

Artículo 4Forma y plazo de las habilitaciones

Texto oficial

Forma y plazo de las habilitaciones. El tiempo de la inhabilitación se contará desde la fecha de la definitiva pasada en autoridad de . La condena de ejecución condicional se computará a los efectos de la inhabilitación. Las inhabilitaciones se determinarán en forma sumaria por el juez electoral, , por denuncia de cualquier elector o por fiscal. La que fuere dispuesta por será asentada una vez que se haya tomado conocimiento de la misma. Los magistrados de la causa, cuando el fallo quede firme, lo comunicarán al Registro Nacional de las Personas y juez federal con electoral respectivo, con remisión de copia de la parte resolutiva y la individualización del nombre, apellido, edad, fecha de nacimiento, domicilio, número y clase de ‘juez federal con electoral’, por Art. 47 — Ley 27.504 B.O. 31/5/2019. Vigencia: el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial) El Registro Nacional de y Estadística Criminal y Carcelaria evacuará los informes que le soliciten los jueces electorales.

Qué significa en la práctica

Regula cómo y desde cuándo corren las inhabilitaciones (desde la firme), que el juez electoral determina en forma sumaria, o por denuncia.

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