Ley 19.945

Artículo 46Remuneración de los secretarios

Texto oficial

de los secretarios. Los secretarios electorales gozarán de una asignación mensual que nunca será inferior a la de los secretarios de actuación aludidos en el artículo anterior.

Qué significa en la práctica

Los secretarios electorales cobran una asignación mensual que nunca puede ser inferior a la de los secretarios de actuación de la justicia nacional.

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