Ley 19.945

Artículo 47Comunicación sobre caducidad de partidos

Texto oficial

Comunicación sobre caducidad o extinción de partidos políticos. Los secretarios electorales comunicarán a la Cámara Nacional Electoral y a los restantes secretarios electorales del país la caducidad o extinción de los partidos políticos. Juntas Electorales Nacionales

Qué significa en la práctica

Los secretarios electorales comunican a la Cámara Nacional Electoral y a los demás secretarios del país la caducidad o extinción de los partidos políticos.

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