Artículo 76Obligaciones de las autoridades de mesa
Texto oficial
Obligaciones de las autoridades de mesa.
El presidente de la mesa y el suplente deberán estar presentes en el
momento de la apertura y clausura del acto electoral, siendo su misión
especial velar por el correcto y normal desarrollo del mismo. Al
reemplazarse entre sí, los funcionarios dejarán constancia escrita de
la hora en que toman y dejan el cargo.
Qué significa en la práctica
El presidente y el suplente deben estar presentes en la apertura y el cierre del acto y velar por su normal desarrollo, dejando constancia escrita al relevarse.