Ley 19.945

Artículo 87Inadmisibilidad del voto

Texto oficial

Inadmisibilidad del voto. Ninguna autoridad, ni aun el juez federal con electoral, podrá ordenar al presidente de mesa que admita el voto de un elector que no figura de ‘juez federal con electoral’, por Art. 47 — Ley 27.504 B.O. 31/5/2019. Vigencia: el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial)

Qué significa en la práctica

Ninguna autoridad, ni siquiera el juez electoral, puede ordenar al presidente que admita el voto de quien no figura en el padrón de la mesa.

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