Ley 20.589

Artículo 3Registro de Inscripción de Contratistas de Viñas y Frutales

Texto oficial

Créase el Registro de Inscripción de Contratistas de Viñas y Frutales, que estará a cargo del organismo de aplicación.

Qué significa en la práctica

Crea el Registro de Inscripción de Contratistas de Viñas y Frutales, a cargo del organismo de aplicación. El número de inscripción no es un trámite decorativo: el artículo 28, inciso e), exige que figure en todos los recibos de pago, y sin él el recibo pierde eficacia probatoria.
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