Ley 20.589

Artículo 4El contrato debe ser escrito e inscripto

Texto oficial

El deberá realizarse por escrito e inscribirse en las reparticiones públicas que corresponda.

Qué significa en la práctica

Obliga a que el se haga por escrito y se inscriba en las reparticiones públicas que correspondan. Es la garantía elemental de la figura: sin instrumento escrito e inscripto, la superficie trabajada, el porcentaje pactado y las condiciones quedan librados a la prueba y a la costumbre.
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