Ley 21.342

Artículo 23Prórroga de locaciones comerciales

Texto oficial

Prórroga. - Las locaciones de inmuebles urbanos destinados a comercio, industria, ejercicio de profesiones y actividades civiles con o sin fines de lucro que al 30 de junio de 1976 hubieran estado comprendidas, en las leyes 20.625 y 21.122 mantendrán su plazo de vigencia hasta el 30 de setiembre de 1976.

Qué significa en la práctica

Mantenía hasta el 30 de septiembre de 1976 la vigencia de las locaciones comerciales, industriales y profesionales que estaban comprendidas en las leyes 20.625 y 21.122.

Normas relacionadas

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