Ley 21.499

Artículo 69Prescripcion del pago

Texto oficial

La acción del propietario del bien ocupado para exigir el pago de la prescribe a los cinco años computados desde que el ocupante tomó del bien.

Qué significa en la práctica

La accion del propietario para exigir el pago de la indemnizacion por la ocupacion prescribe a los cinco anos.

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