Ley 21.526

Artículo 3Extensión a otras entidades

Texto oficial

Las disposiciones de la presente Ley podrán aplicarse a personas y entidades públicas y privadas no comprendidas expresamente en ella, cuando a juicio del Banco Central de la República Argentina lo aconsejen el volúmen de sus operaciones y razones de política monetaria y crediticia.

Qué significa en la práctica

El Banco Central puede aplicar la ley a personas o entidades no comprendidas expresamente cuando lo aconseje su actividad.

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