Ley 21.608

Artículo 11Procedimientos

Texto oficial

El reglamento general establecerá los procedimientos para otorgar medidas de carácter promocional sobre la base de un criterio programado y selectivo. En los siguientes casos, se requerirá la aprobación del Poder Ejecutivo Nacional para acordar los beneficios promocionales: a) Cuando se tratare de una industria relativa a la defensa y seguridad nacional o de una industria a instalarse en zonas de seguridad, el proyecto deberá tener intervención y dictamen previo del Ministerio de Defensa. b) Cuando el beneficiario fuera un inversor extranjero o una empresa local de capital extranjero. En este caso el proyecto deberá ser también evaluado en lo pertinente por la de la Ley de Inversiones Extranjeras; y c) Cuando el monto del proyecto, según lo establezca el , lo exija.EL Ministerio de Economía o la en los demás casos están autorizados para resolver con carácter definitivo el otorgamiento de los beneficios, según lo disponga la reglamentación. El reglamento general deberá prever un procedimiento especial que permita realizar una evaluación ágil de las presentaciones, la caducidad del trámite de las no impulsadas por los presentantes y un rápido otorgamiento de los beneficios cuando corresponda.

Qué significa en la práctica

El reglamento general establece los procedimientos para otorgar los beneficios.
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