Ley 21.799

Artículo 18Nulidad de resoluciones ilegales

Texto oficial

Toda resolución del Directorio que infrinja el régimen legal del Banco, el régimen de entidades financieras o las disposiciones del Banco Central de la República Argentina hará responsables personal y solidariamente a sus miembros, a excepción de aquellos que hubieran hecho constar su voto negativo. Igualmente serán responsables en la misma forma el síndico y los miembros de la Gerencia General, cuando no hubiesen manifestado su oposición o disidencia en el acta de la sesión respectiva o mediante los informes a que hubiere lugar en el caso de no haber asistido.

Qué significa en la práctica

Es nula toda resolución del Directorio que infrinja el régimen legal del Banco o de las entidades financieras.
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