Ley 22.117

Artículo 4Comunicaciones de la Policía Federal

Texto oficial

– La Policía Federal Argentina hará saber al Registro, dentro de los cinco (5) días, los pedidos de captura que le hayan sido dirigidos por la Organización Internacional de Policía Criminal y las comunicaciones que les dejen sin efecto.

Qué significa en la práctica

La Policía Federal debe informar al Registro, dentro de los 5 días, los prontuarios y datos que correspondan.

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