Con las comunicaciones y los pedidos de informes remitidos al Registro, se acompañará la ficha de las impresiones digitales de ambas manos del causante, y se indicarán las siguientes circunstancias: a) Tribunal y secretaría interviniente y número de causa; b) Tribunales y secretarías que hubieren intervenido con anterioridad y números de causas correspondientes; c) Nombres y apellidos, apodos, seudónimos o sobrenombres; d) Lugar y fecha de nacimiento; e) Nacionalidad; f) Estado civil y, en su caso, nombres y apellidos del cónyuge; g) Domicilio o residencia; h) Profesión, empleo, oficio u otro medio de vida; i) Números de documentos de identidad y autoridades que los expidieron; j) Nombres y apellidos de los padres; k) Números de prontuarios; l) Condenas anteriores y tribunales intervinientes; m) Fecha y lugar en que se cometió el , nombre del damnificado y fecha de iniciación del proceso; n) Calificación del hecho.
Qué significa en la práctica
Las comunicaciones y pedidos de informes al Registro se acompañan con la ficha dactiloscópica de la persona, como medio de identificación.