El trabajador tendrá derecho a ser pagado con preferencia a otros acreedores del empleador, por los créditos que resultaren del de trabajo agrario. Igual derecho asistirá a los causahabientes en caso de fallecimiento de aquél.
Qué significa en la práctica
El trabajador cobra con preferencia a otros acreedores del empleador los créditos del de trabajo; igual derecho tienen sus causahabientes.