Ley 22.248

Artículo 145Resoluciones anteriores

Texto oficial

Las disposiciones contenidas en las resoluciones dictadas oportunamente por la Comisión Nacional de Trabajo Rural o por el Ministerio de Trabajo, en ejercicio de las facultades conferidas a aquélla, mantendrán su vigencia, salvo que fueren especialmente modificadas.

Qué significa en la práctica

Las resoluciones dictadas por la Comisión Nacional de Trabajo Rural o el Ministerio mantienen su vigencia, salvo modificación especial.

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