Ley 22.315

Artículo 22Personal técnico

Texto oficial

– El personal técnico de la Inspección General de Justicia está formado por un cuerpo de inspectores. Contará con un Subinspector General, que reemplazará al Inspector General con todas sus atribuciones y deberes, en caso de ausencia o impedimento de este último. Para ser Inspector se requiere ser mayor de edad y tener título habilitante de abogado, doctor en ciencias económicas, contador o actuario. Se exceptúa de esta exigencia a los funcionarios que desempeñan esa función a la fecha de entrada en vigencia de esta ley.

Qué significa en la práctica

El personal técnico es un cuerpo de inspectores, con un Subinspector General que reemplaza al Inspector; para ser inspector se requiere ser mayor de edad y tener título de abogado, doctor en ciencias económicas, contador o actuario.

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