Ley 22.362

Artículo 12Publicación de la solicitud

Texto oficial

Presentada la solicitud de registro, la , si encontrare cumplidas las formalidades legales, efectuará su publicación por un (1) día en el Boletín de Marcas a costa del peticionante. Dentro de los treinta (30) días de efectuada la publicación, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial efectuará la búsqueda de antecedentes de la marca solicitada y dictaminará respecto de la registrabilidad. (Artículo sustituido por Art. 64 — Ley 27.444 B.O. 18/6/2018)

Qué significa en la práctica

Cumplidas las formalidades, la autoridad publica la solicitud de registro.

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