El procedimiento para resolver las oposiciones será fijado por la , el que deberá contemplar al menos la posibilidad del oponente de ampliar fundamentos, el derecho del solicitante de contestar la oposición y el derecho de ambos de ofrecer prueba. El procedimiento deberá receptar los principios de celeridad, sencillez y economía procesal.
Las resoluciones por oposiciones que dicte la Dirección Nacional de Marcas serán sólo susceptibles de recurso directo de ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal dentro de los treinta (30) días hábiles de su . El recurso deberá presentarse en el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, quien lo remitirá a la justicia en las condiciones que fije la reglamentación.
(Artículo sustituido por Art. 67 — Ley 27.444 B.O. 18/6/2018)
Qué significa en la práctica
La autoridad fija el procedimiento para resolver las oposiciones, garantizando una instancia de .