Ley 22.667

Artículo 18Compras de vinos bloqueados

Texto oficial

Las compras de vinos bloqueados a que se refiere el Artículo 14 de la presente ley, se realizarán sobre la base de los siguientes precios máximos por Hectogrado: vinos blancos de uvas blancas, seis mil pesos ($ 6.000) más I. V. A.; vinos blancos escurridos, cinco mil quinientos pesos ($ 5.500) más I. V. A.; vinos de color, cinco mil pesos ($ 5.000) más I. V. A. El precio se pagará hasta en tres (3) cuotas iguales y consecutivas a los treinta (30), sesenta (60) y noventa (90) días a contar a partir de la fecha de su compra. Los precios máximos detallados incluirán los gastos del almacenaje y conservación de los trescientos sesenta y cinco (365) días posteriores a la fecha de compra.

Qué significa en la práctica

Regula las compras de vinos bloqueados.
← Ver en Reconversión Vitivinícola completaLeyes