Ley 22.667

Artículo 5Fijación anual

Texto oficial

Todos los años el Instituto Nacional de Vitivinicultura, previa consulta al gobierno provincial de cada zona, determinará las variedades de uva que por sus caracteres se decida promover o desalentar. En estos casos fijará el coeficiente B que considere conveniente asignar a cada viñedo, para cumplir con el objetivo deseado.

Qué significa en la práctica

El Instituto Nacional de Vitivinicultura fija anualmente los parámetros del cupo.
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