Ley 22.667

Artículo 6Causas excepcionales

Texto oficial

Cuando por causas excepcionales la elaboración de vinos resulte menor que el cupo fijado, el Instituto Nacional de Vitivinicultura podrá autorizar la fermentación de mostos sulfitados existentes, para la obtención de vinos.

Qué significa en la práctica

Regula la situación cuando la elaboración resulte excepcional.
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