Ley 22.990

Artículo 69Aprobación de materiales y envases

Texto oficial

La deberá aprobar losmateriales y envases de origen nacional e importado, como requisito obligatorio y condición indispensable para su libramiento al uso. Los materiales y envases de origen importado, deberán además poseer certificados de idoneidad y calidad técnica avalados por las autoridades de sanidad del país de origen.

Qué significa en la práctica

La debe aprobar los materiales y envases de uso en el sistema de sangre.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Sangre completaLeyes