Texto oficial
Prohibiciones para el acceso – No tendrán acceso a la sala de audiencias los menores de 18 años, los condenados por delitos contra las personas o la propiedad, los dementes y los ebrios.
Por razones de orden, higiene, moralidad o decoro, la Cámara podrá ordenar también el alejamiento de toda persona, cuya presencia no fuere necesaria o limitar la admisión a un determinado número.