Ley 23.187

Artículo 43Fiscalización exclusiva de la profesión

Texto oficial

Es atribución exclusiva del Colegio fiscalizar el correcto ejercicio de la profesión de abogado. A tales efectos ejercitará el poder disciplinario con independencia de la , penal o administrativa que puede imputarse a los matriculados.

Qué significa en la práctica

Es atribución exclusiva del Colegio fiscalizar el correcto ejercicio de la abogacía; ejerce el poder disciplinario con independencia de la , penal o administrativa del abogado.

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