Cuando por causa de
caducidad se cancelare la personalidad política de un partido, o fuere
declarado extinguido, su nombre no podrá ser usado por ningún otro
partido, asociación o entidad de cualquier naturaleza, hasta
transcurridos cuatro (4) años en el primer caso y ocho (8) en el
segundo desde la firme respectiva.
Qué significa en la práctica
Si se cancela la personería por caducidad, el nombre no puede usarse durante 4 años; si el partido se declara extinguido, durante 8 años desde la firme.