El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas gestionará la habilitación de planes especiales para la construcción de viviendas rurales y urbanas para los titulares de las tierras adjudicadas por esta ley, ante organismos nacionales e internacionales que desarrollen planes habitacionales de fomento.
(Artículo sustituido por Art. 1 — Ley 25.799 - Vivienda para comunidades indígenas B.O. 01/12/2003.)
Qué significa en la práctica
El INAI gestiona planes de vivienda (rurales y urbanos) para los titulares de las tierras adjudicadas, ante organismos nacionales e internacionales.