Ley 23.302

Artículo 23 bisConservación cultural e inserción socioeconómica

Texto oficial

Promuévese en el marco de la presente ley, la conservación de la cultura e inserción socioeconómica de comunidades aborígenes, considerando los siguientes aspectos relacionados con la generación de la infraestructura social básica y el posicionamiento económico de base primaria: a) Desarrollo de nuevas destrezas aplicables a los proyectos sociales, a través de la capacitación laboral; b) Incorporación de mano de obra propia; y c) Desarrollo de la cultura y fomento de la autogestión comunitaria; y d) Respeto y adaptación de las técnicas y costumbres de cada comunidad. (Artículo incorporado por Art. 2 — Ley 25.799 - Vivienda para comunidades indígenas B.O. 01/12/2003.)

Qué significa en la práctica

Promueve la conservación cultural y la inserción socioeconómica de las comunidades: capacitación laboral, mano de obra propia, autogestión comunitaria y respeto por sus técnicas y costumbres.

Normas relacionadas

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