Quienes fueran responsables del
gravamen al tiempo que produjeran sus efectos normas por las que se
eliminaran exenciones o se establecieran nuevos actos gravados, no
podrán computar el impuesto que les hubiera sido facturado como
consecuencia de hechos imponibles verificados con anterioridad a la
iniciación de tales efectos, por bienes involucrados en operaciones que
resultaran gravadas en virtud de los mismos.
Qué significa en la práctica
Regula la situación de quienes pasan a ser responsables del gravamen cuando una norma deja sin efecto una exención que los beneficiaba, fijando cómo computan créditos a partir de entonces.