Ley 23.349

Artículo 16Nuevos responsables por derogación de exenciones

Texto oficial

— Quienes asumieran la condición de responsables del gravamen en virtud de normas que derogaran exenciones o establecieran nuevos actos gravados, no podrán computar el impuesto que les hubiera sido facturado como consecuencia de hechos imponibles anteriores a la fecha en que aquellas produjeran efectos.

Qué significa en la práctica

Quienes asumen la condición de responsables porque una norma deroga la exención de su actividad solo pueden computar el crédito fiscal de los bienes y servicios desde que quedan gravados.

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