La DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
dispondrá las normas a que se deberá ajustar la forma de emisión de
facturas o documentos equivalentes, así como las registraciones que
deberán llevar los responsables, las que deberán asegurar la clara
exteriorización de las operaciones a que correspondan, permitiendo su
rápida y sencilla verificación.
TITULO VII
EXPORTADORES
REGIMEN ESPECIAL
Qué significa en la práctica
Faculta a la AFIP (ARCA) a dictar las normas sobre la forma de emisión de facturas y comprobantes para asegurar el control del gravamen.