El gravamen de esta ley se regirá por
las disposiciones de la Ley de Procedimiento Tributario texto ordenado en 1978 y sus
modificaciones, y su aplicación, percepción y fiscalización estarán a
cargo de la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA, quedando facultada la
ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS para la percepción del tributo en
los casos de importación definitiva.
Qué significa en la práctica
El gravamen se rige, en cuanto a su determinación, fiscalización, percepción, sanciones y recursos, por las disposiciones de la Ley de Procedimiento Tributario de Procedimiento Tributario.