Ley 23.551

Artículo 54Querella por práctica desleal

Texto oficial

Todo damnificado por una acción y/u omisión que la presente ley define como práctica desleal podrá promover una ante el juez o tribunal competente. (Artículo sustituido por Art. 146 — Ley de Modernización Laboral B.O. 06/03/2026. Vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial)

Qué significa en la práctica

El damnificado por una práctica desleal puede promover una ante el juez competente.
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