Ley 23.554

Artículo 24Gobierno y administración de las fuerzas

Texto oficial

Los Jefes del Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas, ejercerán el gobierno y administración de sus respectivas fuerzas. Dirigirán la preparación para la guerra de los elementos operacionales de las respectivas fuerzas y su apoyo logístico. Asesorarán al Estado Mayor Conjunto, a los fines de la realización por parte de éste del planeamiento militar conjunto, acerca de la composición, dimensión y despliegue de las respectivas fuerzas, así como sobre los aspectos del referido planeamiento.

Qué significa en la práctica

Cada Jefe de Estado Mayor General gobierna y administra su fuerza y dirige la preparación para la guerra de sus elementos operacionales.

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