El divorcio que este Código autoriza consiste únicamente en la separación personal de los esposos, sin que se disuelva el vínculo matrimonial.—
Qué significa en la práctica
En esta ley el divorcio era únicamente la separación personal de los esposos, sin disolver el vínculo matrimonial: no permitía volver a casarse. El divorcio vincular recién se introdujo con la Ley 23.515 (Matrimonio Civil y Divorcio Vincular) (1987).