Ley 23.982

Artículo 23Derogaciones y vigencia

Texto oficial

Sin que implique pronunciamiento sobre el resto del texto, déjase sin efecto el capítulo IX del Decreto N° 1757/90 y derógase toda disposición que se oponga a lo resuelto en la presente ley, que entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Qué significa en la práctica

Deja sin efecto el capítulo IX del Decreto 1757/90 y deroga toda disposición que se oponga; entra en vigencia con su publicación.

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