Artículo 4Facultades del intendente para escriturar y fraccionar
Texto oficial
Fac├║ltase al se├▒or Intendente Municipal de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir la escritura traslativa de y a determinar y fraccionar el inmueble a efectos de perfeccionar la enajenaci├│n dispuesta.
Qué significa en la práctica
Faculta al intendente municipal de la Ciudad de Buenos Aires ÔÇöcargo que en 1991 designaba el presidente de la Naci├│n, antes de la autonom├¡a de la CiudadÔÇö a firmar la escritura traslativa de y a determinar y fraccionar el inmueble para perfeccionar la enajenaci├│n. Es la habilitaci├│n operativa: sin ella la autorizaci├│n legislativa no podr├¡a ejecutarse.