Ley 24.011

Artículo 4Facultades del intendente para escriturar y fraccionar

Texto oficial

Fac├║ltase al se├▒or Intendente Municipal de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir la escritura traslativa de y a determinar y fraccionar el inmueble a efectos de perfeccionar la enajenaci├│n dispuesta.

Qué significa en la práctica

Faculta al intendente municipal de la Ciudad de Buenos Aires ÔÇöcargo que en 1991 designaba el presidente de la Naci├│n, antes de la autonom├¡a de la CiudadÔÇö a firmar la escritura traslativa de y a determinar y fraccionar el inmueble para perfeccionar la enajenaci├│n. Es la habilitaci├│n operativa: sin ella la autorizaci├│n legislativa no podr├¡a ejecutarse.

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