Ley 24.042

Artículo 3La Fiscal├¡a y la Defensor├¡a no se desdoblan

Texto oficial

La Fiscalía Federal y la Defensoría Oficial mantendrán su actual e intervendrán en los expedientes radicados ante cualquiera de los dos juzgados cuando así por ley corresponda.

Qué significa en la práctica

El Ministerio Público Fiscal y la Defensoría Oficial mantienen la que ya tenían y actúan ante los dos juzgados cuando la ley exige su intervención. No se crean una fiscalía ni una defensoría nuevas.

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