Artículo 3La Fiscal├¡a y la Defensor├¡a no se desdoblan
Texto oficial
La Fiscalía Federal y la Defensoría Oficial mantendrán su actual e intervendrán en los expedientes radicados ante cualquiera de los dos juzgados cuando así por ley corresponda.
Qué significa en la práctica
El Ministerio Público Fiscal y la Defensoría Oficial mantienen la que ya tenían y actúan ante los dos juzgados cuando la ley exige su intervención. No se crean una fiscalía ni una defensoría nuevas.