Artículo 3C├│mo se designan los representantes de los entes
Texto oficial
Los representantes de los entes fiscalizadores, serán designados por el Poder Ejecutivo, dos (2) por solicitud del Automóvil Club Argentino, dos (2) por solicitud de la Asociación Corredores Turismo Carretera y dos (2) por solicitud de la Federación Argentina de Motociclismo.
Qué significa en la práctica
Los seis representantes de las entidades no los nombra cada entidad por sí: los designa el Poder Ejecutivo, pero a solicitud de cada una, dos por el Automóvil Club Argentino, dos por la Asociación Corredores Turismo Carretera y dos por la Federación Argentina de Motociclismo. El Ejecutivo formaliza el nombramiento sobre la propuesta que le llega, de modo que el asiento pertenece a la entidad y no a la voluntad del gobierno.