Ley 24.065

Artículo 10Gran usuario

Texto oficial

Se considera gran usuario o usuario libre a quien contrata, en forma independiente y para consumo propio, su abastecimiento de energía eléctrica. La reglamentación establecerá los módulos de potencia y de energía y demás parámetros técnicos que lo caracterizan.

Qué significa en la práctica

Define al gran usuario o usuario libre que contrata su directamente.

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