Ley 24.065

Artículo 29Concesión de transporte

Texto oficial

La concesión de transporte sujeta a nacional se otorgará por plazo fijo, en los términos del Art. 18 — Ley de Energía Eléctrica, no siéndole aplicables los incisos 3, 11, 12, 16, 17 y 18 del mismo. A su vez, deberá también especificarse la , características y el plan de obras e instalaciones a efectuarse, así como el régimen de precios del peaje, entendiéndose por tal el régimen tarifario conforme los principios establecidos en el

Qué significa en la práctica

La concesión de transporte sujeta a nacional se otorga por el procedimiento previsto.

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