La concesión de transporte sujeta a nacional se otorgará por plazo fijo, en los términos del Art. 18 — Ley de Energía Eléctrica, no siéndole aplicables los incisos 3, 11, 12, 16, 17 y 18 del mismo. A su vez, deberá también especificarse la , características y el plan de obras e instalaciones a efectuarse, así como el régimen de precios del peaje, entendiéndose por tal el régimen tarifario conforme los principios establecidos en el
Qué significa en la práctica
La concesión de transporte sujeta a nacional se otorga por el procedimiento previsto.